El pasado domingo 15 de enero, entró en vigor, la nueva ley contra el tabaco en la cual queda prohibido la exhibición en tiendas y fumar en espacios públicos como escuelas, sedes de espectáculos, restaurantes, hoteles, estadios deportivos, plazas comerciales, playas y parques, publicó el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El Diario Oficial de la Federación expone que para la ampliación de espacios 100% libres de humo, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán ubicarse sólo en espacios al aire libre.
Estudios de Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) revelan que las disposiciones generarán una reducción de 50 mil muertes prematuras cada año por causas asociadas al tabaquismo, así mismo se evitarían 290 mil nuevas enfermedades como cáncer, EPOC entre otras y se ahorrarán del erario 155 mil millones de pesos anuales en la atención a la mortalidad y morbilidad por tabaco además de colocar a México entre los países más avanzados en materia de Control de Tabaco.
En las zonas exclusivamente para fumar está prohibido brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento.
Informó que la Cofepris es la garante de vigilar la correcta implementación del reglamento y las eventuales sanciones por su incumplimiento. Puso al servicio de la población el centro de atención en el número: 800 033 5050.